Ampliación de plazos administrativos por el apagón del 28 de abril: medidas excepcionales hasta el 6 de mayo de 2025 y medidas complementarias del Tribunal Constitucional
5 de mayo de 2025
Ampliación de plazos administrativos por el apagón del 28 de abril: medidas excepcionales hasta el 6 de mayo de 2025 y medidas complementarias del Tribunal Constitucional
Como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico ocurrida el 28 de abril de 2025 en gran parte del territorio peninsular, numerosos sistemas telemáticos y servicios electrónicos de la Administración Pública se vieron gravemente afectados. Esta situación ha impactado directamente en el desarrollo de procedimientos administrativos y en el cumplimiento de plazos por parte de ciudadanos y empresas.
Ante este escenario, el Consejo de Ministros aprobó la Orden PJC/414/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 1 de mayo de 2025 mediante la cual se adoptan medidas extraordinarias para garantizar la protección jurídica y la igualdad de condiciones en los procedimientos administrativos.
¿Qué establece la Orden PJC/414/2025?
La disposición más relevante es la ampliación automática de los plazos y términos administrativos hasta las 00:00 horas del 6 de mayo de 2025, siempre que estos se hayan visto afectados por el apagón eléctrico. Esta ampliación aplica a todos los órganos de la Administración General del Estado y al conjunto del sector público regulado por la Ley 39/2015.
Entre los plazos prorrogados se incluyen:
Presentación de solicitudes, subsanaciones o recursos administrativos.
Respuestas a requerimientos y trámites electrónicos interrumpidos.
Cualquier otra actuación administrativa cuyo cumplimiento dependiera del funcionamiento de sistemas telemáticos.
¿A quién beneficia esta medida?
La extensión de plazos está dirigida a ciudadanos, empresas, profesionales y gestores públicos que no pudieron completar trámites en tiempo debido a la caída del sistema. Su aplicación es uniforme en todo el territorio afectado, garantizando así el principio de equidad.
Medidas complementarias del Tribunal Constitucional
De forma adicional, mediante el Acuerdo nº 8709/2025, el Pleno del Tribunal Constitucional ha determinado que los días 28 y 29 de abril de 2025no computarán a efectos de plazos procesales ni administrativos en el ámbito de este órgano judicial. Esta decisión responde a la necesidad de preservar el derecho a la defensa y asegurar la correcta tramitación de los procedimientos ante el tribunal.
Recomendaciones para asesores y gestores
Ante esta situación excepcional, se recomienda a los profesionales del asesoramiento:
Revisar todos los expedientes y trámites con vencimientos entre el 28 de abril y el 6 de mayo de 2025.
Informar proactivamente a sus clientes sobre la posibilidad de acogerse a la prórroga.
Documentar detalladamente los casos afectados por la interrupción del suministro, por si fuese necesaria una justificación posterior.
Permanecer atentos a nuevas instrucciones o aclaraciones que puedan emitir las autoridades competentes.
Conclusión
La Orden PJC/414/2025 y el Acuerdo del Tribunal Constitucional constituyen una respuesta jurídica inmediata ante un evento de fuerza mayor, permitiendo salvaguardar derechos y asegurar el funcionamiento ordenado de la administración pública. Se insta a todos los profesionales a actuar con diligencia y comunicar esta información con claridad a los afectados, evitando así consecuencias derivadas del incumplimiento involuntario de plazos administrativos o judiciales.
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