El CGPJ impulsa certificados limitados para proteger la privacidad en casos de separación o divorcio
8 de mayo de 2026
El CGPJ impulsa certificados limitados para proteger la privacidad en casos de separación o divorcio
El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado las Directrices 1/2026, de 14 de abril, que introducen un cambio relevante en la práctica habitual de las familias separadas o divorciadas: ya no será necesario aportar la sentencia completa o el convenio regulador íntegro ante centros educativos, clubes deportivos u otras entidades.
La medida responde a la necesidad de reforzar el principio de minimización de datos y evitar la difusión innecesaria de información sensible contenida en resoluciones judiciales de familia.
Fin de la entrega de resoluciones completas
Hasta ahora, era frecuente que colegios, actividades extraescolares o entidades privadas exigieran a los progenitores la entrega íntegra de sentencias o convenios reguladores para acreditar aspectos como la custodia o la patria potestad.
Sin embargo, estos documentos contienen información especialmente sensible que excede, en muchos casos, de lo estrictamente necesario para la gestión ordinaria de los menores.
Con las nuevas directrices, esta práctica queda superada. Los progenitores podrán solicitar al juzgado un certificado específico, que recogerá únicamente los datos imprescindibles para la finalidad concreta.
Contenido limitado del certificado
El certificado judicial incluirá exclusivamente la información necesaria para acreditar la situación del menor en relación con:
La titularidad de la patria potestad
El régimen de guarda y custodia
Determinadas facultades concretas, como la recogida del menor, la autorización de actividades o la toma de decisiones en el ámbito escolar o extraescolar
Quedan fuera de estos certificados otros datos habituales en las resoluciones de familia, como circunstancias personales, económicas o detalles del conflicto entre progenitores.
Formularios normalizados y emisión por los juzgados
Para facilitar este nuevo sistema, se han habilitado formularios estandarizados que permiten solicitar estos certificados de forma ágil, tanto por particulares como por profesionales.
Los órganos judiciales deberán emitir los certificados limitando expresamente el contenido a los datos estrictamente pertinentes, omitiendo cualquier información que no resulte necesaria para el fin solicitado.
Protección de datos y origen de la iniciativa
La medida tiene su origen en la preocupación trasladada desde el ámbito de la abogacía especializada en Derecho de familia, que venía advirtiendo del riesgo de exposición innecesaria de datos personales en entornos como centros educativos o entidades deportivas.
En la práctica, la entrega de resoluciones completas implicaba revelar información sobre la situación económica, la salud, las relaciones personales o incluso conflictos judiciales entre progenitores, aspectos claramente ajenos a la finalidad para la que se solicitaban dichos documentos.
Las nuevas directrices buscan corregir esta disfunción, alineando la actuación de los órganos judiciales con los principios de protección de datos y reforzando la privacidad de las familias.
Impacto práctico para abogados y despachos
Desde una perspectiva profesional, esta novedad implica un cambio operativo relevante:
Se elimina la necesidad de facilitar documentos completos en múltiples ámbitos
Se refuerza la protección de datos sensibles de los clientes
Se simplifica la acreditación de facultades parentales ante terceros
Además, obliga a los despachos a adaptar sus recomendaciones a clientes, priorizando el uso de estos certificados frente a la entrega de resoluciones íntegras.
En definitiva, las Directrices 1/2026 consolidan un criterio más garantista en materia de protección de datos en el ámbito de familia: proporcionar solo la información necesaria, y nada más.
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