El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), una norma que marcará un cambio estructural en el sistema de justicia penal español, al atribuir por primera vez la dirección de la investigación penal al Ministerio Fiscal. Con esta reforma, el Gobierno busca modernizar los procedimientos, adaptarlos a los avances tecnológicos y reforzar las garantías procesales tanto de las personas investigadas como de las víctimas.
La nueva ley, que se tramitará próximamente en el Congreso de los Diputados, prevé su entrada en vigor el 1 de enero de 2028. Los procedimientos iniciados antes de esa fecha continuarán rigiéndose por la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), aprobada en 1882.

Uno de los principales cambios que introduce la LOECrim es que el Ministerio Fiscal asumirá la dirección de la investigación penal, bajo el control de un juez de garantías. Este nuevo modelo distingue tres fases procesales y tres jueces distintos:
El juez de garantías ejercerá una función clave: controlar las medidas que impliquen una injerencia en derechos fundamentales, como registros, intervenciones telefónicas o la prisión provisional, además de velar por la duración razonable de la investigación. Esta figura refuerza la doble tutela judicial efectiva, al equilibrar el poder investigador del fiscal con una supervisión judicial independiente.
El proyecto busca reducir la duración de los procesos penales, uno de los puntos más críticos del actual sistema. Para ello, se limita la posibilidad de recurrir resoluciones durante la fase de investigación y se unifican actuaciones en la audiencia preliminar, que permitirá depurar el procedimiento antes del juicio.
La LOECrim también potencia los mecanismos de conformidad, de modo que el acusado pueda aceptar los hechos y la pena propuesta por la acusación, evitando la celebración del juicio oral y reduciendo los tiempos de tramitación.
Asimismo, la organización y especialización del Ministerio Fiscal facilitará que varios fiscales puedan actuar conjuntamente en causas complejas, con mayor flexibilidad y coordinación.
El texto introduce medidas específicas para reforzar las garantías procesales de las partes. En el caso de la persona investigada, se consolidan los principios de presunción de inocencia y de suficiencia de prueba, además de establecer una revisión semestral de oficio de la prisión provisional.
En cuanto a las víctimas, la nueva ley refuerza su papel en el procedimiento penal, con especial atención a menores, personas con discapacidad y víctimas en situación de vulnerabilidad. Se incorporan medidas para evitar la revictimización, limitando declaraciones reiteradas, y se regula el procedimiento de justicia restaurativa, basado en la reparación voluntaria del daño material y moral.
La LOECrim integra nuevas herramientas tecnológicas de investigación, adaptando el procedimiento penal a los retos de la era digital. Entre ellas, se incluyen el análisis de ADN y marcadores biológicos, la identificación biométrica remota, la recogida de evidencias digitales y el uso de sistemas automatizados basados en inteligencia artificial.
También se regula la acusación popular, respetando el artículo 125 de la Constitución, pero delimitando su ejercicio a personas o entidades con un vínculo legítimo con el interés público que se pretende defender. Quedan excluidos los partidos políticos, sindicatos y entidades públicas, una medida que responde a las observaciones del Tribunal Supremo y busca evitar el uso instrumental de esta figura procesal.
La reforma implica un cambio profundo en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (FGE). El mandato del fiscal general del Estado pasa a ser de cinco años, sin coincidir con el del Gobierno, para garantizar su independencia funcional.
El Ejecutivo no podrá impartir instrucciones sobre casos concretos, y cualquier comunicación deberá ser pública y registrada. Además, el cese del FGE solo podrá producirse por incumplimiento grave, previo informe del Consejo General del Poder Judicial.
Los nombramientos, ascensos y sanciones más graves pasarán a depender directamente del FGE, mientras que la Junta de Fiscales de Sala podrá imponer su criterio con una mayoría cualificada. Por otra parte, la policía judicial dependerá funcionalmente del Ministerio Fiscal durante la investigación, manteniendo su jerarquía orgánica.
La Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal constituye una reforma estructural del sistema procesal penal español, con un triple propósito:
El nuevo modelo de enjuiciamiento penal abre una etapa de transformación para la Justicia española. Para los despachos de abogados, esta reforma exigirá una adaptación en la estrategia de defensa y en la gestión de los procedimientos penales, ante un Ministerio Fiscal con mayores competencias y una estructura procesal más ágil.
La futura LOECrim representa un paso decidido hacia una Justicia penal más moderna, garantista y transparente, en la que la tecnología y la protección de los derechos fundamentales deberán convivir con equilibrio y rigor jurídico.
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